Se trata de una sustancia usada con fines estéticos, pero que en su versión sintética causa lesiones irreversibles. Habría cárcel para quien lo aplique.
Al proyecto que prohibe la venta y uso de sustancias moldeantes (conocidos como biopolímeros) en procedimientos estéticos y de belleza solo le falta la firma del presidente Gustavo Petro para que sea ley de la República. Además, se creará un tipo penal que da cárcel a quien las aplique.
Esta iniciativa hizo curso en el Congreso desde julio de 2021 y se conoció como la “ley de biopolímeros” y fue impulsada por figuras de la farándula –como las modelos Elizabeth Loaiza y Jessica Cediel– que sufrieron daños graves en sus cuerpos por le uso de biopolímeros en procedimientos quirúrgicos.
Las prohibiciones
El proyecto contempla tres prohibiciones. Aplicar y vender sustancias moldeantes de relleno permanentes no biodegradables en tratamientos corporales con fines estéticos; que personas sin formación en medicina preste servicios de infiltración de estas sustancias; y usar aquellas que tengan registro del Invima con un fin distinto a lo autorizado en el registro sanitario.
Existen distintas clases de polímeros y biopolímeros. Son moléculas de gran tamaño que pueden ser sintetizadas por los seres vivos (naturales) o también pueden ser derivados del petróleo y se usan para hacer plástico, prótesis, implantes y instrumentos quirúrgicos, entre otros.
Sin embargo, el problema aparece cuando se usan biopolímeros sintéticos –en lugar de biodegradables y biocompatibles– que no se descomponen y por eso terminan siendo tóxicos para el cuerpo humano.
Así lo explica el médico Leonard Maiguel, quien sostiene que “son moléculas que se usan en medicina para hacer reemplazos en fracturas o pérdidas óseas y son muy usados en estética para hacer rellenos faciales”. El problema inicia cuando “se usan sustancias que no son aprobadas por la FDA (Administración de Alimentos y Medicamentos en Estados Unidos) ni por el Invima, así como unas más baratas como aceites”.
Sanciones penales
Por otro lado, esta ley establece adicionar un inciso al artículo 119 del Código Penal, que habla de las circunstancias de agravación punitiva de las lesiones personales: un delito que da una pena de entre 2,6 años y 10,5 años, pero con la modificación esta podría incrementarse hasta 15.
“Cuando se incurra en las conductas descritas en los artículos anteriores por el uso y aplicación de sustancias moldeantes no autorizadas, las respectivas penas se aumentarán en el doble de la pena”, propone la iniciativa.
Notieps.com – El periódico de la Salud.